RD Gestión Inmobiliaria y Administración de Fincas

El límite del alquiler se prorroga
hasta finales de año

El límite del alquiler
se prorroga
hasta finales de año

El Gobierno amplía la limitación del incremento de renta en las actualizaciones anuales de los contratos de alquiler de vivienda hasta el 31 de diciembre de 2022.

Desde que estallara la guerra entre Rusia y Ucrania, el pasado mes de febrero, todos los mercados internacionales se han visto afectados, en mayor o menor medida, lo que ha obligado al Gobierno de España a llevar a cabo un decreto anticrisis que palíe los efectos del conflicto.

Una de las medidas adoptadas dentro del «Plan Respuesta» consiste en limitar el precio del alquiler un 2 % anual en los contratos de arrendamiento, con el objetivo de amortiguar el impacto de la excesiva subida del IPC en los inquilinos.

¿Cómo se aplica el límite del alquiler?

Se trata de aplicar a los contratos de arrendamiento de vivienda un cambio en la actualización de la renta arrendaticia, estableciendo unos límites máximos y mínimos del 2 % y del 0 %, respectivamente.

Esta actualización, se aplica al vencimiento anual del contrato de alquiler, siempre y cuando, el propietario notifique, de forma fehaciente, al inquilino de la actualización de renta con un mínimo de treinta días de antelación.

¿La actualización de renta aplica a todos los contratos de alquiler?

No. Para que el propietario pueda aplicar anualmente la actualización de renta correspondiente, debe estar contemplada en el contrato de arrendamiento. Del mismo modo ocurre, si se han pactado unos porcentajes concretos de actualización durante un periodo de tiempo. 

Si esta actualización figura en una de las cláusulas del contrato de arrendamiento, se actualizará siguiendo los estipulado en el IGC, cuyo cálculo tiene como referencia la media anual del IPC en los países de la zona Euro.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) dispone, desde hace años, de un sencillo programa de cálculo con el que obtener el importe de actualización de renta.

¿Este límite de actualización de renta afecta a todos los propietarios por igual?

Todos los propietarios que tengan su vivienda arrendada están obligados a respetar este límite de actualización. 

Existe una pequeña distinción entre los grandes tenedores (disponen de más de 10 viviendas en alquiler) y los pequeños tenedores. Mientras que los primeros, están obligados a acogerse a este límite del 2 % en los contratos de arredamiento, los pequeños tenedores, tienen la posibilidad de negociar un acuerdo con el inquilino sobre la actualización de la renta, aunque si no se llega a un pacto, la subida no podrá ser superior al límite establecido.