RD Gestión Inmobiliaria y Administración de Fincas

Descubre qué gastos son deducibles
en la venta de tu casa

Descubre qué gastos
son deducibles en la
venta de tu casa

Cuando llegue el momento de declarar la venta de tu vivienda ante Hacienda, los costes más significativos podrán restarse en el cálculo de la ganancia patrimonial.

La venta de un inmueble implica percibir ingresos pero, a su vez, obliga al vendedor a asumir una serie de gastos, que oscilan entre el 5% y el 15% del precio de venta, según diversos factores. No obstante, parte de estos gastos pueden recuperarse de forma parcial a través de su deducción en el IRPF. 

Gastos deducibles en el IRPF

Honorarios de la agencia inmobiliaria

Los honorarios que cobra la agencia inmobiliaria por la gestión e intermediación en la compraventa del inmueble son uno de los gastos más importantes, oscilando entre el 3% y el 7% del precio de la vivienda, pudiendo deducirse íntegramente en el IRPF, por lo que reducen la cantidad a pagar por este tributo.

Más allá de la deducción de este concepto, en RD Gestión Inmobiliaria hemos ajustado nuestros honorarios al máximo, situándonos por debajo de la media del sector, sin repercutir en la calidad, dedicación y atención ofrecida. 

Desde RD Gestión Inmobiliaria aconsejamos solicitar siempre factura al agente inmobiliario, pues un ejercicio habitual de algunas inmobiliarias es el ofrecimiento de un menor cobro (no cobrar IVA al vendedor) a cambio de no recibir factura. Esta práctica, además de ilegal es poco conveniente para el vendedor; sin factura no podrá deducirse los honorarios en la declaración de la renta.

Gastos de cancelación de la hipoteca

La cancelación registral de la hipoteca es un trámite que se lleva a cabo cuando se ha finalizado el préstamo y conlleva la liberación de la carga hipotecaria sobre la vivienda en el Registro de la Propiedad. 

La mayoría de propietarios no realizan este trámite hasta la venta del inmueble y por ello, es otro de los gastos deducibles en el IRPF.

Para llevarlo a cabo, existen diversas vías con diferentes costes asociados. La elección más frecuente es dejarlo en manos del banco del vendedor o del banco del comprador; sin embargo, es el procedimiento más caro, pudiendo elevarse a más de 1.000 euros. La segunda opción es tramitarlo a través de gestorías independientes, suponiendo, en la mayoría de los casos, un ahorro de unos 250 euros de media. En la tercera alternativa, es el propietario quien la cancela por su cuenta. Esta última vía es, sin duda, la más económica aunque requiere contar con conocimientos y tiempo suficientes para llevarla a cabo.

Plusvalía municipal

Es otro de los grandes gastos que deben pagarse tras la venta de un inmueble. El plazo para liquidar la plusvalía municipal, en la mayoría de ayuntamientos, es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura de compraventa y, tras su abono, puede deducirse íntegramente en el IRPF del próximo año.

¿Qué implica que los gastos sean deducibles?

La deducción de estos gastos no implica que se recupere la totalidad del dinero destinado a honorarios de agencia, cancelación de hipoteca o plusvalía municipal, si no que dicha cantidad se podrá restar de la base imponible del IRPF, aplicándose un porcentaje dependiendo del tramo de ganancias anuales en el que se encuentre el vendedor,

Es decir, no se podrá recuperar la totalidad de estos gastos, si no un porcentaje de los mismos. Por ello, es aconsejable comparar servicios inmobiliarios, sopesar las opciones de cancelación hipotecaria para evitar gastar de más o calcular la plusvalía municipal con los dos métodos existentes eligiendo aquel que implique un menor gasto.