RD Gestión Inmobiliaria y Administración de Fincas

¿Cómo donar un piso a tus hijos?
Requisitos, procedimiento e impuestos

¿Cómo donar
un piso
a tus hijos?

Donar un inmueble de padres a hijos es posible pero hay que tener en cuenta los requisitos que se deben cumplir, el proceso a seguir y los impuestos que se deben abonar para realizar correctamente esta donación y no tener problemas a futuro. En este post, te explicamos todo lo que debes saber:

En los últimos años, este tipo de operación se ha incrementado considerablemente, alcanzando su máximo el pasado año. En 2021 se registraron 25.000 donaciones de viviendas, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), cifra nunca antes vista provocada, entre otras, por la crisis sanitaria mundial y el incremento, en enero de este año, sobre la base imponible de los impuestos de Sucesiones, Transmisiones, Donaciones y Patrimonio.

Requisitos para donar un inmueble

Las donaciones siempre deben realizarse en vida, es decir, el donante debe estar vivo a la hora de formalizar la donación de la vivienda. De lo contrario, no podríamos hablar de donación si no de herencia. 

Para poder llevar a cabo la donación del inmueble, el donante debe ser el titular de la vivienda y ésta debe estar libre de cargas y gravámenes y al corriente de gastos e impuestos.

Si el beneficiario de la donación acepta la misma, se deberán realizar unas nuevas escrituras del inmueble ante notario y modificar la titularidad de la vivienda en el Registro de la Propiedad correspondiente según la ubicación del inmueble.

¿Cómo realizar la donación de una vivienda?

Por un lado, el donante, en este caso los padres, deben presentar ante notario una serie de documentos que ratifiquen la titularidad de la vivienda y su estado: documentos de identificación, nota simple de la propiedad, escrituras iniciales de compraventa, último recibo del IBI y certificado y etiqueta de eficiencia energética.

Por otro, el donatario, en este caso los hijos, deben aceptar dicha donación en notaría y proceder a la firma de la escritura del inmueble. Con este documento, el beneficiario de la donación deberá proceder a abonar los impuestos correspondientes y, posteriormente, podrá registrar la propiedad a su nombre en el Registro de la Propiedad correspondiente, haciendo así efectivo el cambio de titularidad de la vivienda.

¿Qué impuestos deben abonarse al donar un piso?

Hay que saber que pese a ser una operación de carácter altruista, en la que el donante no obtiene ningún beneficio económico, no está libre de cargas fiscales.

El donatario tendrá que hacer frente a una serie de impuestos regulados por las autoridades locales y autonómicas, en un plazo máximo de 30 días a contar desde la fecha de firma de escrituras en notaría. El impuesto de donaciones, de carácter autonómico, será uno de los tributos que deberá abonar. También deberá hacer frente al impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, comúnmente conocido como plusvalía municipal.

Además, si el donante ha tenido una ganancia patrimonial con la vivienda donada, es decir, si el valor actual del inmueble es superior al importe que pagó al comprarla, deberá reflejarlo en el IRPF y tributar entre un 19 % y un 26 % en función del incremento alcanzado.

Se debe tener en cuenta que, la cuantía final a pagar dependerá en gran medida de dónde su ubique la vivienda pues tanto los impuestos autonómicos como los  municipales difieren de unas localidades a otras.

Exenciones de impuestos en la donación de vivienda

Existen dos excepciones en las que los tributos a pagar serán menores o nulos:

  • Cuando la propiedad sea la vivienda habitual del donante y éste tenga más de 65 años, no tendrá que pagar el IRPF, independientemente de la ganancia patrimonial obtenida.
  • Cuando el donante se quede con el usufructo de la vivienda donando sólo la nuda propiedad, que se consolidará tras el fallecimiento del donante.